En condiciones de pasar al Ejecutivo a fase de promulgación quedó el proyecto que establece un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres, luego que la Sala de la Cámara aprobara las modificaciones del Senado al texto despachado en el primer trámite.
El texto mantuvo sin cambios la tasa de 1,5% aplicado sobre las ventas con pago por medios electrónicos. Igualmente, la liberación de llevar contabilidad y de presentar declaración de impuestos referidos a este régimen.
El proyecto establece un régimen tributario especial para comerciantes de ferias libres, reemplazando el pago del IVA del 19% por un 1,5%, correspondiente a sus ventas con medios electrónicos.
El texto también contempla la liberación de llevar contabilidad y de presentar declaración de impuestos referidos a este régimen, y el tope de 3,5% de cobro entre impuesto y comisión del operador del sistema electrónico. De esta manera, la iniciativa quedó en condiciones de pasar al Ejecutivo a fase de promulgación, luego de que la Sala aprobara las modificaciones realizadas en el Senado.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó que la futura norma “va a permitir formalizar el trabajo de más de 100.000 feriantes en todo Chile, con un régimen tributario simple, fácil de cumplir, y poco oneroso para ellos. Con esto, se van a despejar todas las preocupaciones que se han ido acumulando a través de los años, ya sea respecto de la aplicación del IVA, o del uso de terminales POS (point of sale), punto de venta, para el pago de las compras en los puestos de ferias libres”.
“En función de lo que se discutió en la tramitación, va a comenzar a aplicarse a fines de este año. El comunicado de la Cámara también resalta que el texto aprobado amplía los contribuyentes que pueden incorporarse a este régimen especial: “Así, ya no son solo aquellos con giro de ferias libres, sino también quienes tengan otras actividades complementarias. Estas últimas las definirá el Servicio de Impuestos Internos (SII)”, indica el escrito.
El nuevo régimen tributario está diseñado para que los comerciantes de ferias libres puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de forma más sencilla. Este cambio busca adaptarse a las características particulares de esta actividad económica y reducir la complejidad en el proceso de declarar impuestos.
Para acceder a este beneficio, se requiere cumplir con dos requisitos clave: Estar registrado como comerciante en una feria libre. Contar con un permiso municipal vigente. Este documento confirma que se está autorizado para trabajar en una feria libre específica.
Beneficios de este nuevo sistema tributario:
Menos trámites complejos: La tributación es más directa y está adaptada a las necesidades de los feriantes. Acceso a beneficios formales: Al estar registrados, los comerciantes pueden acceder a financiamientos, beneficios sociales y programas de apoyo estatal. Mayor seguridad tributaria: Este régimen reduce las posibilidades de cometer errores que puedan llevar a multas o problemas legales a los feriantes. Este sistema busca en el fondo facilitar la vida de los feriantes, pero también fomenta la formalización de su actividad económica. Al cumplir con sus obligaciones tributarias, tendrán mayor acceso a beneficios como la emisión de boletas electrónicas, acceso a créditos y la posibilidad de demostrar ingresos formales, con todo lo que eso implica, en la vida no, Todo esto contribuye al crecimiento y estabilidad de sus negocios.