El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) rechazó la candidatura senatorial de Ximena Rincón (Demócratas) por la Región del Maule, tras la impugnación presentada por el oficialismo y la Democracia Cristiana.
La decisión marca un precedente en materia electoral, al aplicar los límites establecidos en la Constitución para las reelecciones parlamentarias. En la sentencia se señala que “por estas consideraciones y normas legales citadas, se acoge la reclamación deducida por el Partido Radical de Chile, Partido Liberal de Chile, Partido Frente Amplio, Partido por la Democracia, Partido Demócrata Cristiano, Partido Socialista de Chile y el Partido Comunista de Chile y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución O-N°0407, dictada por el Servicio Electoral el 29 de agosto de 2025, en tanto aceptó la candidatura a senadora, por la Región del Maule, de doña Ximena Rincón González“.
Los reclamantes alegaban que la candidata ya había ejercido el cargo por más de dos períodos consecutivos, lo que infringe el artículo 51 de la Constitución. Qué señala este articulo: “Los diputados podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos; los senadores podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por un período.
Para estos efectos se entenderá que los diputados y senadores han ejercido su cargo durante un período cuando han cumplido más de la mitad de su mandato”. El fallo estableció, finalmente, que Rincón fue senadora entre 2010 y 2014, y aunque en marzo de 2014 asumió como ministra, ejerció el cargo hasta el mismo día de la instalación del Senado y la votación de mesa, lo que implica que cumplió más de la mitad del período.


