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Kast recurre al Tribunal Constitucional para frenar la reconexión gratuita de servicios básicos en zonas de emergencia

El Ejecutivo argumenta que la obligación impuesta a las empresas sanitarias, de luz y gas vulnera las ideas matrices de la ley de reconstrucción. La oposición acusa al Gobierno de dar la espalda a las familias damnificadas.

El Gobierno del Presidente José Antonio Kast abrió un nuevo frente de batalla judicial en el marco de la megarreforma para la reconstrucción. A través de un requerimiento de 74 páginas ingresado al Tribunal Constitucional (TC), el Ejecutivo solicitó declarar inconstitucional el artículo 31 del Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social. Dicha norma impone a las empresas distribuidoras de electricidad, agua potable y gas la obligación de restablecer de manera gratuita y sin exigir el pago previo de deudas los suministros a hogares y micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en zonas afectadas por emergencias.

El libelo, patrocinado por los abogados Joaquín Palma y Vicente Gómez, cuenta con la firma del Mandatario y de los ministros de Hacienda, Jorge Quiroz; Segpres, José García Ruminot; Obras Públicas, Louis de Grange; y Energía, Ximena Rincón. La tesis central del Gobierno sostiene que la disposición vulnera el artículo 69 de la Carta Fundamental al carecer de una «conexión directa» con las ideas matrices del proyecto original, enfocado esencialmente en la aceleración del financiamiento fiscal, incentivos tributarios y fomento a la inversión para la reconstrucción tras los incendios de enero de 2026 en Valparaíso, Ñuble y Biobío.

El controvertido artículo 31 obliga a las concesionarias a reponer la luz y el gas en un plazo máximo de 48 horas, y el agua potable en 24 horas, prohibiendo cualquier cobro por concepto de reposición, inspección o trámite técnico. Aplica incluso a deudas previas a la catástrofe e incluye sanciones severas: tres días de suministro gratis por cada día de retraso. Desde La Moneda enfatizan que, además de su carácter retroactivo, la indicación posee un alcance permanente y general que modifica indefinidamente la Ley N° 16.282 sobre emergencias nacionales, distorsionando el marco regulatorio común entre particulares.

La génesis legislativa de esta norma estuvo marcada por un accidentado tránsito parlamentario. Nacida a partir de una propuesta de la oposición (impulsada por las diputadas Sofía González y Ana María Gazmuri), la indicación fue inicialmente rechazada en la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja. Sin embargo, logró abrirse paso en el hemiciclo tras ser aprobada por 80 votos a favor y 69 en contra, sorteando incluso reservas de constitucionalidad formuladas por parlamentarios oficialistas como la diputada Constanza Hube. En el Senado, pese a un intento de supresión por parte del Ejecutivo, la Sala ratificó el texto por un estrecho margen de 25 votos contra 24.

Desde la oposición, la diputada Sofía González criticó con dureza la decisión del Presidente Kast, tildando la presentación como una «decepción» y acusando al Gobierno de intentar desmantelar la única medida de alivio directo a la economía familiar golpeada por los incendios.

Por su parte, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, justificó la opción de acudir directamente al TC en lugar de utilizar la vía del veto presidencial. Según la autoridad, recurrir al veto habría demorado la tramitación general del plan de reconstrucción, mientras que la impugnación ante el TC resguarda el principio de técnica legislativa e institucionalidad sin frenar el resto del paquete de medidas. Quiroz aclaró que el Ejecutivo no se opone de forma tajante a regular la gratuidad de los servicios en situaciones de catástrofe, pero argumentó que debe hacerse formalmente mediante una ley de artículo único bien redactada y debatida con rigor técnico, evitando la precipitación o la inclusión de «goles legislativos».

Con esta acción de La Moneda, la megarreforma de reconstrucción ya suma cuatro requerimientos de inconstitucionalidad interpuestos ante el TC por distintos sectores políticos, dejando en manos del organismo arbitral la validez jurídica de la reposición gratuita de suministros esenciales en Chile.

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